Juez dicta prisión preventiva para Aquiles Alvarez

El juez Jairo García dispuso la noche de este lunes, 6 de julio, prisión preventiva para el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, para sus hermanos Antonio y Xavier Alvarez, así como para Fernando Peñaherrera Venegas y César Bravo Ibáñez, dentro del caso denominado Goleada, en el que la Fiscalía General del Estado procesa a veintiséis personas naturales y jurídicas por el presunto delito de lavado de activos.

La resolución fue emitida al término de una audiencia telemática de revisión de medidas cautelares que se extendió por casi tres horas y que comenzó a las 18:00. En la diligencia participaron el fiscal del caso, Dennis Villavicencio; la representante de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), Anahí Carrillo; y los abogados de varios de los procesados.

Al fundamentar su decisión, García señaló que durante la instrucción fiscal la Fiscalía incorporó nuevos elementos que no habían sido considerados cuando inicialmente se impusieron las medidas cautelares.

Entre ellos mencionó información sobre el incremento de capital de Aquiles Alvarez, sus hermanos y varias compañías investigadas, así como una reconstrucción financiera y el testimonio anticipado de José Ricardo Avellán, excolaborador de empresas vinculadas a la familia Alvarez.

El fiscal Villavicencio sostuvo que la investigación permitió identificar un patrón constante de capitalización entre varias compañías. Según expuso el juez, una de las empresas registró un incremento de capital de aproximadamente $ 600.000 y Copedesa aumentó su capital en $ 390.000 durante 2023.

El juez indicó que esos nuevos elementos permitieron establecer una cronología de los incrementos patrimoniales e identificar relaciones entre diferentes personas jurídicas, lo que modificó el análisis realizado cuando se dictaron las medidas cautelares vigentes.

“Las medidas cautelares presentes ya no resultan idóneas para controlar” los riesgos procesales, señaló durante la audiencia. Añadió que la prohibición de salida del país limita el control migratorio, pero no impide otras actividades dentro del territorio nacional.

En consecuencia, García acogió el pedido formulado por la Fiscalía. “Se dejan sin efecto las medidas previas impuestas a favor de las cinco personas; se dicta la medida cautelar de prisión preventiva. Dicha medida resulta necesaria para evitar la obstaculización de la investigación”, manifestó el magistrado al anunciar su resolución.

El juez precisó además que la decisión “no corresponde a un juicio de valor anticipado”, sino que busca asegurar la comparecencia de los procesados y la eficacia del proceso penal.

Respecto de Aquiles Alvarez, el magistrado sostuvo que los nuevos elementos incorporados por la Fiscalía y el testimonio anticipado permiten advertir una participación central en la toma de decisiones de las compañías investigadas, aspecto que deberá ser valorado en las siguientes etapas procesales.

Sobre Antonio Alvarez, indicó que la información presentada evidencia una participación constante y funciones de representación en varias empresas.

En el caso de Xavier Alvarez, manifestó que las pruebas incorporadas durante la instrucción fiscal permiten identificar un grado de participación mayor al que inicialmente se conocía.

Respecto de Fernando Peñaherrera Venegas, el juez señaló que los nuevos actos societarios y demás elementos presentados por la Fiscalía permiten realizar una nueva valoración respecto de las medidas cautelares que se encontraban vigentes.

En cuanto a César Bravo Ibáñez, García hizo referencia a los elementos expuestos por la Fiscalía sobre su participación accionaria en Copedesa y a la información relacionada con su paso por el sector público, aspectos que también fueron considerados dentro del análisis para modificar las medidas cautelares.

La prisión preventiva ya había sido dictada contra Aquiles Alvarez y sus hermanos en febrero de 2026. Sin embargo, el 2 de abril de ese año un tribunal aceptó el recurso de apelación presentado por sus defensas y sustituyó esa medida por la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad competente y la prohibición de salida del país.

Se mantuvieron otras medidas

Antes de resolver el pedido de prisión preventiva formulado por la Fiscalía, el juez rechazó varios pedidos de revisión de medidas cautelares planteados por las defensas de otros procesados.

En el caso de Gioconda Henriques, madre de Aquiles Alvarez y accionista de Inmobiliaria Fiorema S. A., negó el levantamiento de la incautación de un inmueble ubicado en La Puntilla, en Samborondón, así como de un vehículo. La defensa argumentó que en la vivienda habitan tres menores de edad y un adulto mayor con discapacidad, pero el magistrado concluyó que la medida continúa siendo temporal y legítima dentro del proceso y que no se presentaron elementos suficientes para modificarla.

También rechazó el pedido de Aquiles, Antonio y Xavier Alvarez para levantar la incautación de varios vehículos. Aunque la defensa sostuvo que estos habían sido vendidos mediante contratos privados de compraventa, el juez señaló que los automotores continúan registrados oficialmente a nombre de los procesados y que no se acreditó el cambio de dominio correspondiente.

Asimismo, negó la solicitud presentada por el asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC) Raúl Chávez para recuperar un vehículo Toyota 4Runner incautado dentro de la investigación. La defensa alegó que el automotor era utilizado por sus hijos menores de edad y que tenía origen lícito, mientras que la Fiscalía sostuvo que existían inconsistencias en la documentación relacionada con el vehículo.

El juez también negó el pedido de Fiorema S. A. para levantar la incautación de varios bienes inmuebles y activos de la compañía al considerar que los argumentos expuestos por la defensa no modificaban la situación jurídica existente.

En el caso de Gastón Aparicio Loy, García dispuso levantar el congelamiento de los fondos existentes en una de sus cuentas de ahorros. 

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