Preparan denuncia contra Sergio Peña

La asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), Jahirén Noriega, anunció este 26 de octubre de 2026 que un grupo pluripartidista de legisladoras presentará una denuncia formal ante el Consejo de Administración Legislativa (CAL) en contra del parlamentario independiente Sergio Peña, tras la publicación de mensajes con connotación sexual y agraviante dirigidos a la comunicadora Alondra Santiago en la red social X.

Antecedentes y origen del conflicto

El conflicto administrativo se originó el 22 de octubre, luego de que Santiago difundiera un video de opinión. En respuesta, Peña —quien llegó a la curul por el correísmo antes de declararse independiente— utilizó su cuenta de X para emitir expresiones alusivas a enfermedades de transmisión sexual en sectores de Guayaquil y referencias a agresiones sexuales contra opositores políticos.

Tras la difusión de este contenido, Noriega informó que mujeres de distintas bancadas activarán el mecanismo disciplinario interno. «Una curul no puede ser usada para violentar, insultar, ni mucho menos denigrar sexualmente a una mujer», detalló la legisladora, quien exhortó a la institución a aplicar la normativa vigente al señalar que en el país una mujer es asesinada cada 19 horas.

Por su parte, el asambleísta Sergio Peña respondió al anuncio de la bancada opositora este 26 de octubre y sostuvo que su publicación digital se enmarca en la figura de «legítima defensa». Según el legislador, su pronunciamiento fue una reacción a presuntas calumnias e insultos proferidos previamente por la comunicadora en su contra.

«Espero la denuncia con ansias. ¡Pero ponga su firma!», escribió Peña en la misma plataforma digital. Asimismo, advirtió a las denunciantes sobre el inicio de procesos en la justicia ordinaria: «Prepare su patrimonio y su pijama, porque, al presentarla, me deja abierto mi derecho a responder de manera legal».

¿Cuál es la competencia legal del CAL para sancionar insultos en redes sociales?

El trámite anunciado por las legisladoras ingresará a la Asamblea Nacional del Ecuador, ubicada en Quito, cuyo órgano administrativo (presidido actualmente por Mishel Mancheno y con mayoría del movimiento oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y aliados) es el encargado de calificar las quejas parlamentarias.

No obstante, la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) establece límites jurisdiccionales específicos sobre los sujetos y los espacios donde el CAL tiene potestad sancionadora.

  • Faltas administrativas leves (Art. 169 de la LOFL): Sancionadas con suspensión sin sueldo de uno a ocho días. Se aplican por inobservar disposiciones institucionales de carácter administrativo o ausencias injustificadas.
  • Faltas administrativas graves (Art. 170, numeral 1 de la LOFL): Sancionadas con suspensión sin remuneración de nueve a 30 días. El texto legal tipifica específicamente el «agredir de palabra a otro u otra asambleísta, funcionarias o funcionarios, servidoras o servidores parlamentarios dentro o fuera del recinto parlamentario». Al no ser la comunicadora funcionaria del Legislativo, la figura presenta un vacío para su aplicación directa.
  • Faltas administrativas muy graves (Art. 171, numeral 5 de la LOFL): Conllevan la suspensión sin sueldo de 31 a 90 días. Esta causal sanciona el «expresarse con términos ofensivos, discriminatorios o que inciten al odio en las sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional, del Consejo de Administración Legislativa y de las comisiones especializadas». La norma circunscribe la falta al desarrollo de las sesiones oficiales, no a plataformas digitales personales.

En caso de que el CAL inadmita la queja por falta de competencia tipificada en la LOFL tras las alusiones de Peña a sectores de Guayaquil, la vía habilitada en la legislación ecuatoriana para reclamos por expresiones de descrédito o violencia política de género recae en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) o a través de una querella penal por calumnia e contravenciones en la justicia ordinaria.

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