Prohibido pedir copias de cédula para trámites.

Este miércoles, 16 de junio del 2021, mediante el Decreto Ejecutivo 85, firmado por el presidente Guillermo Lasso, se ordena la prohibición de pedir copias de cédulas y certificado de votación.

En el artículo 2 de la Ley para la Simplificación y Eficiencia de Trámites Administrativos se señala que ya no se requerirá copias de cédulas, certificados de votación u otros documentos “que contenga información que repose en las bases de datos de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos o de bases develadas por entidades públicas”.

Con el Decreto 85 se busca optimizar el tiempo de los funcionarios con la elaboración de insumos bajo los siguientes parámetros establecidos en el artículo 1 del Decreto: mantener párrafos cortos y concisos; conclusiones claras; y evitar la transcripción de un texto completo que hace referencia a un informe o criterios de otras dependencias.

Todas las entidades que formen parte de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente de la Función Ejecutiva deben cumplir estos lineamientos, indica también el artículo 1.

El Decreto Ejecutivo entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.

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