Las leyes de Solidaridad Nacional, Integridad Pública, Áreas Protegidas, y de Inteligencia, suman más de 20 demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional (CC) por haberse detectado presuntos errores de forma y de fondo.
Las primeras tres normas de iniciativa del Ejecutivo, calificadas de urgencia en materia económica, fueron tramitadas y aprobadas en la Asamblea Nacional el 7 de junio, el 24 de junio y el 10 de julio de 2025, respectivamente.
La Ley de Inteligencia, que se tramitaba en la Comisión de Seguridad, al mando del movimiento oficialista Acción Democrática Nacional (ADN), fue aprobada el 10 de junio de 2025.
Fuentes de la CC prevén que el tratamiento de leyes económicas será “riguroso”, pero no adelantan una fecha para una resolución.
1 La normativa más objetada es la Ley de Integridad Pública, que tiene 11 demandas de inconstitucionalidad:
Los denunciantes son: Unión Nacional de Educadores (UNE); abogados Ricardo Luna y Stalin Rivera; ciudadano Adolfo Espinel; Federación de Enfermeras; partido Unidad Popular (UP); Asociación de Organismos de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario (Asofipse); Asociación de Jueces y Magistrados (Aemaj), Federación Médica Ecuatoriana (FME), Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y Confederación Nacional de Servidores Públicos (CONASEP).
2 La Ley de Solidaridad Nacional recibió cinco demandas de inconstitucionalidad, los denunciantes son: ciudadano Gabriel Lema, UP, abogado Erick Gavilánez, un grupo de 10 juristas y FUT
3 La Ley de Áreas Protegidas registra dos demandas de inconstitucionalidad: Una de ellas fue ingresada la Federación de Organizaciones Indígenas y Campesinas del Azuay (FOA) por la forma y el fondo de la ley.
La federación demandó toda la ley, pero sobre todo los artículos 4,5 y 6, relacionados con la creación del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, la conformación de un fideicomiso para la administración de este servicio y con la intervención de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas para la protección de las áreas protegidas. En su demanda, la FOA reclamó la falta de consulta prelegislativa y alertó sobre la presencia de la fuerza pública en territorios de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, que están cerca de las áreas protegidas. La causa fue sorteada al despacho del juez José Luis Terán.
El 15 de julio, el abogado Erick Fabián Guapizaca Jiménez ingresó la primera acción. La norma se aprobó en la Asamblea Nacional el 10 de julio, con 80 votos y busca establecer medidas económicas urgentes para garantizar el fortalecimiento y la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. El 14 de julio, el presidente Daniel Noboa envió la ley al Registro Oficial.
4 La Ley de Inteligencia tiene dos demandas de inconstitucionalidad: el FUT, el Frente Popular (FP) y la Ceosl presentaron por separado objeciones a esta ley supuestamente por vulnerar derechos fundamentales, como la privacidad, libertad de expresión y asociación.
Cuestionamientos por la denominada unidad de materia
Tanto en la Ley de Solidaridad, de Integridad y de Áreas Protegidas los demandantes observaron la falta de unidad de la materia, pues los legisladores incluyeron reformas a decenas de cuerpos legales, que no tendrían relación entre ellas. (SC)
La primera demanda ingresó a la CC el 13 de junio de 205
La primera demanda de inconstitucional que recibió la CC fue a la Ley de Solidaridad. Fue presentada por Gabriel Salvador Lema el 13 de junio y fue sorteada al despacho de la entonces jueza constitucional Teresa Nuques.
El 4 de julio, la CC informó que la demanda fue inadmitida por no cumplir con el numeral 5 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. “El tribunal recordó que, según la jurisprudencia constitucional, la mera invocación de una norma o principio constitucional no es suficiente para constitucionalizar un argumento”.
Ese mismo día, la Corte también dio a conocer que los tribunales de Admisión conocieron los pedidos de admisión a la Ley de Solidaridad publicada en el Registro Oficial el 10 de junio..
Los jueces ponentes José Luis Terán y Alí Lozada admitieron a trámite las demandas al cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, pero negaron la solicitud de suspensión provisional.
No se otorgaron medidas cautelares porque los pedidos de suspensión de la norma no cumplieron con los requisitos de ley, divulgó la CC en un comunicado.
Las demandas asignadas a los despachos de los jueces Alí Lozada y José Luis Terán, respectivamente, fueron acumuladas en una sola causa y su tratamiento sigue en la fase de sustanciación.
Los tribunales de Admisión recomendaron al Pleno de la CC analizar la pertinencia de su priorización en virtud de su trascendencia nacional.