Ley de Inteligencia fue aprobada ¿Qué implica la nueva normativa ?

La tarde de este martes 10 de junio de 2025, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 77 votos, la Ley de Inteligencia. El texto definitivo de esta norma fue aprobado el pasado sábado 7 de junio en la Comisión de Seguridad Integral.

El objetivo de la norma es regular el Sistema Nacional de Inteligencia y sus subsistemas, así como la coordinación y cooperación con los organismos de apoyo, otras entidades del Estado y personas naturales o jurídicas, tanto públicas como privadas. El Sistema Nacional de Inteligencia contará con subsistemas de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, análisis financiero y económico, Casa Militar Presidencial, tributación nacional, aduanas, sistema penitenciario y otros que disponga el presidente de la República.

Durante el debate, la legisladora Inés Alarcón, ponente del proyecto y presidenta de la Comisión de Seguridad Integral, expuso que la Ley de Inteligencia está a la vanguardia de las exigencias y responde a la situación actual del país. A su juicio, la normativa responde a estándares internacionales.

«Los llamo a no tener memoria selectiva y recordar que, tiempo atrás, se utilizaba la inteligencia para espiar y perseguir a ciudadanos, políticos o periodistas», expresó.

Ocho puntos clave de la Ley de Inteligencia
Sistema Nacional de Inteligencia

Se creará el Sistema Nacional de Inteligencia con siete subsistemas conformados por: Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Análisis Financiero y Económico, Casa Militar Presidencial, Tributaria, Aduanera y Penitenciaria. El titular del Sistema de Inteligencia será designado por el Presidente.
Operadoras telefónicas

La Ley establece que las operadoras telefónicas estarán obligadas a entregar información sobre los usuarios para el desarrollo de operaciones de inteligencia y contrainteligencia. Para solicitar esos datos no se requerirá una orden judicial.
Examinación de documentos

Por razones de seguridad integral del Estado, el ente rector de Inteligencia podrá solicitar la retención, apertura, interceptación o examinación de documentos o comunicaciones.
Entrega de información

No solo las empresas telefónicas o instituciones del Estado deberán entregar información que requiera el Sistema Nacional de Inteligencia, esa disposición incluye a personas y empresas. Ellos también deberán entregar la información solicitada «de manera segura, directa, gratuita y oportuna».
Operaciones de inteligencia

El Registro Civil proporcionará documentos con nueva identidad a los funcionarios públicos que desarrollen operaciones de inteligencia y contrainteligencia. Esa identidad deberá utilizarse unicamente para ejercer sus funciones.
Prohibición 

En ningún caso se podrá vincular a niños, niñas y adolescentes para que realicen operaciones de inteligencia o contrainteligencia.
Presupuesto

El Sistema de Inteligencia tendrá su fondo de gastos especiales, que se incluirá en el Presupuesto General del Estado. Sin embargo, las asignaciones presupuestarias serán clasificadas.
Control de gastos

El control de los gastos estará a cargo de la Contraloría General del Estado. Esta entidad incinerará la información una vez que sea entregada y analizada.
Luego de que se aprobó la Ley de Inteligencia,  la norma será enviada al Ejecutivo, quien puede vetarla o aprobarla y enviarla al Registro Oficial.

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