TCE ratifica que Daniel Noboa no cometió violencia política de género contra Verónica Abad

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificó en última y definitiva instancia el estado de inocencia del presidente de la República, Daniel Noboa Azín, y tres de sus colaboradores en la acusación por violencia política de género planteada por la vicepresidenta de la República, Verónica Abad Rojas.

En sentencia de mayoría emitida este 26 de febrero de 2025, el TCE negó el recurso de apelación a una sentencia de primera instancia en la que se negó la denuncia por violencia política de género que impulsó la segunda mandataria en contra de Daniel Noboa, la canciller Gabriela Sommerfeld y sus colaboradores Diana Jácome y Esteban Torres.

El 24 de diciembre de 2024, el juez electoral Guillermo Ortega Caicedo negó la denuncia por violencia política de género de Abad, en el marco de las discrepancias internas con el primer mandatario.

En su denuncia reclamó por declaraciones públicas de Torres y Jácome y su traslado a Israel como embajadora por la paz.

Abad apeló la decisión y este 26 de febrero se ratificó la negativa a aceptar la denuncia. El fallo se aprobó con los votos de los jueces Ivonne Coloma Peralta, Joaquín Viteri Llanga, Roosevelt Cedeño y Ángel Torres Maldonado.

El juez Richard González Dávila emitió un voto salvado.

De este fallo, la accionante puede solicitar recurso de ampliación y aclaración, que no cambiará el fondo.

Esta sentencia se da de forma paralela a que en primera instancia el juez Ortega aceptó la denuncia por violencia política de género interpuesta por la ministra Sommerfeld en contra de Abad.

En su resolución, el magistrado electoral concluyó que Abad incurrió en esta infracción electoral tipificada en el numeral 14 del artículo 279 y 280 del Código de la Democracia, por lo que se le impuso una multa de 30 salarios y la suspensión de sus derechos de participación por dos años.

La vicepresidenta puede apelar esta decisión.

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